Vía Correo 12 de febrero de 2014 a la(s) 21:13
MILITAR EN SITUACION DE RETIRO. ( ESTE COMPAÑERO ESTA EN EL ACTIVO)
Buen dia, a todos los militares retirados,pensionistas y a todos en general de este noble foro, es para mi un gran honor poder saludarlos por este medio ya que es mi primera vez que elevo una opinion en esta pagina no obstante que ya hace algunos meses que he venido siguiendolos en sus acertados comentarios, su servidor es militar en activo proximo a retiro, uno como militar cuando se encuentra en situacion de activo esta limitado por lo que corresponde a poder expresar las ideas propias y mas en un medio de comunicacion no obstante que la carta magna no le impide a uno este hecho, ustedes como militares orgullosos de haber cumplido el ciclo en activo sabran entenderme al respecto y capitalizarlo adecuadamente.
La noble labor que esta llevando a cabo la FEMIRAC de la cual es presidente mi Gral. Brig. SAMUEL LARA VILLA y su mesa directiva asi como tambien las delegaciones que se encuentran desplegadas en todo el pais, ustedes como lo han comentado en este foro, se estan llevando a cabo multiples violaciones a la LEY DEL ISSFAM.
Por lo que respecta al porcentaje que se adiciono por mas de 30 años de servicio asi como de 20 a 29 años el cual es otorgado a los militares en situacion de retiro y que al fallecer el titular la viuda o quien cobre la pension no le es otorgado.
Ahora tambien estoy de acuerdo con ustedes que los militares que hayan sido retirados con un grado de inutilidad en actos del servicio de 1 a 19 años reciban este beneficio proporcional del 31% al 49%…
Y que decir DEL REGLAMENTO DEL ISSFAM (el cual fue creado) y publicado en el diario oficial de la federacion el 10 de mayo del 2013 mismo que se les esta aplicando a muchos de mis compañeros que estan en tramite de retiro por lo que respecta al ASCENSO AL GRADO INMEDIATO PARA EFECTOS DE RETIRO. a partir del segundo aviso el cual gira la direccion de justicia militar les esta llegando que se les considera el ascenso al grado inmediato unicamente para el calculo y el otorgamiento del beneficio economico correspondiente… aplicandoles el art. 16 del Reglamento del ISSFAM no respetando el art. 27 de la Ley antes mencionada, se estan agarrando que en el art. 16 del reglamento dice que conservaran para todos los demas efectos el grado que fue conferido al militar en terminos de la L.A.R.E.F.A.M. para no reconocer y conferir el grado inmediato, tambien violando los art. 28 y 30 inciso a) de la ley del ISSFAM. tambien salio una circular de la SEC.DE IDENT. OFLIA.MYR. (disposiciones solicitud C.I.M. Pnal. Ret.)que fue girada que dice: que en las credenciales de identidad militar que expida al personal retirado cuyo tramite inicio antes de que entrara en vigor el reglamento del ISSFAM (10 de mayo 2013) y que cuenten con ordenes de ascenso, deberan contener el grado al que asciende el militar para efectos de retiro. Las credenciales del personal cuyo tramite de retiro se inicio a PARTIR del 10 de mayo del 2013, conforme a las disposiciones de dicho reglamento, se les considerara el GRADO que OSTENTARON en el ACTIVO.
R E S P U E S T A:
ESTIMADO COMPAÑERO.ESTIMADOS COMPAÑEROS QUE SE ENCUENTRAN EN TAL SITUACIÓN: Firmen inconformes al recibir los documentos, si persisten en aplicar esa ilegalidad, comuncarse en seguida con el Lic Francisco Torres de la FEMIRAC <licysargento@gmail.com> Vicepresidente quien los alertará al respecto.
FEMIRAC le da la bienvenida a la lucha, póngase en contacto al correo <licysargento@gmail.com> para que le envíe los formatos correspondientes a su afiliación y demás datos.
Gral. Brig. Ret. Samuel Lara Villa