Buró de crédito: Los reportes

 

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Parte 2

Como se mencionó en la primera parte sobre este tema, donde mi intención es acabar con toda la clase de mentiras y desinformación que existe sobre este tema, hoy pienso hablar sobre los reportes de crédito.

Los reportes de crédito son los documentos personales emitidos por las Sociedades de Información Crediticia (es decir, los Burós de Crédito) en los cuales se proporciona nuestro historial crediticio actual, exhibiendo qué tan cumplidos hemos sido con el pago de nuestras responsabilidades crediticias.

Los reportes de crédito se clasifican de dos maneras muy sencillas: El reporte de crédito simple y el reporte de crédito especial.

El reporte de crédito simple podemos considerarlo como objeto de consulta, si bien se necesitan datos muy específicos y completos para ser entregado, la información que proporciona es muy limitada, sólo presenta el historial crediticio señalando si existe un adeudo o quebranto con alguna cuenta, pero sin especificar con que institución financiera. Esta clase de reportes se tramitan directamente en los sistemas informáticos de instituciones de crédito para saber de forma inmediata si el posible cliente es sujeto apto para otorgarle crédito, o en pocas palabras saber si tiene un adeudo con otras instituciones.

El reporte de crédito especial es el que contiene nuestros datos personales e historial crediticio a detalle, con datos como el nombre de las instituciones financieras que nos han otorgado créditos, los números de crédito, fechas de contratación y últimos pagos, así como el monto total de cada crédito y sobre todo si vamos al corriente en cada uno o no. Este reporte se utiliza cuando vamos a contratar un crédito por un monto alto (como los créditos hipotecarios), cuando queremos revisar que nuestros datos estén correctos (para revisar que no exista una homonimia como ya he comentado en artículos anteriores) o cuando necesitamos hacer una aclaración ante una institución crediticia o ante el mismo Buró de Crédito.

Es importante señalar que para ambas modalidades se necesita autorización firmada por el usuario dueño de los datos personales, y cuando se tramita por internet la firma es electrónica al declarar que nuestros datos son correctos.

Ahora bien, una duda que suele tener mucha gente es ¿Cuánto tiempo estoy en el ‘Buró’?

La respuesta es muy sencilla: Debido a una circular emitida en 2008 por el Banco de México respecto a la regulación de las Sociedades de Información Crediticia, el plazo máximo para que aparezca cada uno de los créditos en los reportes de crédito, es que no podrán exceder de 72 meses (6 años) a partir de la fecha en que se canceló dicho crédito, siempre y cuando el monto del cada crédito no exceda de dos millones de pesos aproximadamente; es decir, que supongamos que liquidaste una tarjeta de crédito en marzo de 2013, ya sea porque pagaste hasta el último centavo y después la cancelaste o que liquidaste con un descuento, ésa tarjeta aparecerá en tu historial crediticio hasta marzo de 2019. En caso de que una persona deje de contratar créditos por más de seis años ya no tendrá historial crediticio, lo cual también puede ser perjudicial por falta de reseña de cumplimiento.

He de recordar que Buró de Crédito no es ‘una lista negra de deudores’, sino que siendo una Sociedad de Información Crediticia su única función es la de informar el historial crediticio de cada persona, dejando a consideración la decisión final a cada institución de crédito si presta o no presta dinero.

Asimismo les recuerdo que las únicas páginas oficiales para tramitar el reporte de crédito especial es a través de www.burodecredito.com.mx preferentemente, y www.circulodecredito.com.mx, también que las demás páginas web son para fraudes y robo de datos personales.

Espero sea de su agrado esta información y cualquier duda o comentario puede ser escrito en esta página o enviada a mi correo, con mucho gusto atenderé cualquier duda al respecto.

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